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17/01/05

 

 

La Defensoría difunde lo actuado en referencia a los estafadores de Villa Rosa

Tras la investigación exclusiva de WebPilar.com, la Defensoría del PUeblo de Pilar puso en conocimiento de la ciudadanía, a través de un comunicado,  lo realizado por ella en la
materia. A continuación transcribimos el comunicado.

Del Pilar, 17 de enero de 2005.-
INFORME DE PRENSA

Con motivo del estado público que tomaron los supuestos reclamos administrativos que realizarían determinadas personas a favor de otras ante la Caja Nacional de Ahorro y Seguro en liquidación, vinculados al Seguro de Vida Obligatorio del Personal del Estado que perseguirían la devolución de su VALOR DE RESCATE en función a los aportes realizados, la Defensoría del Pueblo Del Pilar desea poner en conocimiento de la ciudadanía lo realizado por ella en la materia.
En fecha 07 del mes de septiembre del año 2004 se dispuso la instrucción de la actuación Nº 1457/04 en atención a las consultas que formularan ciudadanos sobre el asunto.
Las investigaciones resultaron en que:
Una persona que respondería al nombre de Miguel, oficia de ayudante de dos (2) aparentes gestoras que prestarían sus servicios a todas las personas que así se lo requieran y previo pago de una suma de $ 10.- (pesos diez) o $ 30.- (pesos treinta). El trámite por el que exigen el previo pago sería a cambio de supuestas presentaciones administrativas ante la Caja Nacional de Ahorro y Seguro (e.l.) con el fin de reclamar el reintegro de dinero en concepto de primas de seguros que les fueron descontadas de sus haberes por ser agentes o ex-agentes de la Administración Pública; o bien por haberse desempeñado en relación de dependencia laboral en cualquier empresa desde el año 1960 hasta 1995, y con una ocupación continúa y mínima de tres (3) años en la/s misma/s.
El "ayudante" atiende a las personas interesadas en contratar los servicios de las "gestoras" en un edificio tipo local ubicado en la localidad de Villa Rosa, Partido Del Pilar. A su vez, quienes consientan los servicios de las "gestoras" (las cuales responderían a los nombres de Lucía y Elisa) previo pago, deben completar una presentación tipo dirigida a la Caja Nacional de Ahorro y Seguro (e.l.) la cual queda en poder del Sr. Miguel, quien luego de un periodo de una semana aproximadamente - plazo que demandaría la presentación del requerimiento ante la C.N.A.S y S. (e.l.)- la reintegra al "cliente" junto a un talón troquelado, el cual posee una leyenda que dice: "Caja Nacional de Ahorro y Seguro (e.l.), la consignación de un número y un sello - fecha que dice: "C.N.A. y S. (e.l.) RECIBIDO una fecha y NO IMPLICA CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO".
Vía Internet ésta Defensoría del Pueblo Del Pilar obtuvo copia de una notificación que le cursara la Caja Nacional de Ahorro y Seguro (e.l.) al Sr. Presidente del CONICET con fecha del día 10 del mes de junio del año 2003, mediante la cual le comunica que: "Desde hace varios meses... está recibiendo reclamos de personal en actividad y ya retirados de la Administración Pública Nacional... consistentes en solicitar la restitución de dinero en concepto de primas de seguros que - conforme a las manifestaciones de los reclamantes - les fueron descontadas de sus haberes... A tal pedido la C.N.A.S. y S. (e.l.) responde que es falso que se haya concretado reintegro de suma alguna, siendo falso también que se estén realizando negociaciones individuales y/o colectivas y acordándose a fin de evitar la vía judicial... Por el contrario, administrativamente se rechazan todos los reclamos que se interponen, por resultar legalmente improcedentes... la presente tiene por objeto advertir, que personal de ese Organismo erróneamente asesorado, efectúa reclamos que podrían involucrarlos en aventuras jurídicas, con graves perjuicios económicos para los mismos..."
Por ello la Defensoría del Pueblo Del Pilar se dirigió a la sede de la C.N.A.S y S (e.l.) primero telefónicamente a los fines de exponer la situación aludida y luego personalmente el 15/09/04, momento en el cual retiró la respuesta oficial de la Comisión y firmada por el Contador Daniel Guerrero, Gerente de Recursos Operativos, la cual dice textualmente que: "Nos dirigimos a Uds., a efectos de informarles ante vta. consulta sobre la aparición de supuestos gestores que tramitan reclamos administrativos ante la C.N.A.S y S. (e.l.) vinculados al Seguro de Vida Colectivo; que vencido el plazo de los 90 días hábiles judiciales establecidos en la Resolución del Ministerio de Economía Nº 354/2003 ratificada por Dcto. P.E.N. Nº 1207/03, ha operado la caducidad para la interposición de las demandas judiciales, por lo que ésta empresa en Liquidación no recibe reclamos administrativos desde el día 25 de noviembre de 2003 ..."
Entendiendo ésta Institución que si desde el día 25 del mes de noviembre del año 2003 la C.N.A.S. y S. (e.l.) no recibe reclamos administrativos, nunca las "gestoras" u otras personas pudieron haber realizado presentaciones administrativas en dicha sede con posterioridad a la mencionada fecha, como el 2 de abril de 2004 y el 17 de agosto de 2004 - datas consignadas en dos de los talones troquelados que la Defensoría del Pueblo pudo tomar vista - por lo que se estaría frente a la imitación de un sello - fecha de un Organismo oficial y una maniobra de engaño con fines pecuniarios.
Por lo antedicho y en consonancia a los deberes formales que le asisten a los funcionarios de ley, la Defensoría del Pueblo formuló con fecha 24/09/04 la correspondiente presentación judicial contra cualquier persona que resultare penalmente responsable de los hechos descriptos, recayendo la Instrucción Penal Preparatoria en la Unidad Fiscal de Instrucción Nº 3 a cargo del Dr. Marcelo Vaiani y quedando registrada con el Nº 40.934.
Con posterioridad se aportaron más elementos a la causa (supuestos damnificados) y se mantuvieron entrevistas con personal de la Fiscalía con el objeto de interiorizarse sobre la evolución de las actuaciones.
Cabe señalar que hasta el día de la fecha ésta Institución no hizo público lo realizado sobre el asunto, con el ánimo de no entorpecer el trabajo de la Justicia.
Aprovechamos la ocasión para hacerles notar a los ciudadanos que por lo antes expuesto:

- ES FALSO QUE LA C.N.A.S. Y S. (E.L.) HAYA CONCRETADO REINTEGRO DE SUMA ALGUNA EN CONCEPTO DE DEVOLUCIÓN DEL VALOR DE RESCATE EN FUNCIÓN A LOS APORTES REALIZADOS (vinculados al Seguro de Vida Obligatorio del Personal del Estado), SIENDO FALSO TAMBIÉN QUE SE ESTÉN REALIZANDO NEGOCIACIONES INDIVIDUALES Y/O COLECTIVAS Y ACORDÁNDOSE A FIN DE EVITAR LA VÍA JUDICIAL.
- ADMINISTRATIVAMENTE SE RECHAZAN TODOS LOS RECLAMOS QUE SE INTERPONEN ANTE LA C.N.A.S. Y S. (E.L.)

DIEGO FERNANDO LÓPEZ
Defensor del Pueblo (Interino)
Distrito Del Pilar

 

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