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Actuación de la Defensoria por la oficina del Registro Civil
en el Hospital Meisner
La
actuación 1540/08 iniciada de Oficio por esta Defensoría del
Pueblo, caratulada “Defensor del Pueblo s/cierre de oficina
del Registro Provincial de las Personas en Hospital Meisner de
Presidente Derqui” y
Considerando,
Que, como es
de público conocimiento, el día viernes 14 del corriente se ha
procedido al cierre por tiempo indeterminado de la oficina de
anotaciones de nacimientos ubicada en el hospital materno
infantil “Hugo Cesar Meisner” de la Localidad de Presidente
Derqui, Partido del Pilar.
Que los nacimientos producidos en esa localidad son
regularmente anotados en esa oficina y no existe la
posibilidad de que sean admitidos en otras dependencias del
Registro Provincial de las Personas que posee el Partido.
Que la oficina mencionada dependiente del Registro Provincial
de las Personas, ha funcionado en el nosocomio citado desde el
mes de agosto del año 2007 y desde entonces ya ha sufrido la
suspensión de la atención al público debido a ciertas
irregularidades detectadas en el personal, el que ha sido
removido oportunamente y reemplazado por el personal que
desarrollaba sus actividades actualmente.
Que, desde la fecha de inauguración, la actividad desarrollada
en la oficina se ha visto incrementada en gran número, sin que
a la fecha se haya dispuesto nuevo personal que acompañe ese
acrecimiento de nacimientos a tramitar.
Que la oficina en cuestión además de efectuar la anotación de
los
alumbramientos del nosocomio donde funciona, registra los
nacimientos del Hospital Austral, establecimiento sanitario
asentado en la misma localidad, por lo que como se mencionó,
la cantidad de trabajo supera ampliamente las posibilidades
que tiene la única empleada dispuesta allí.
Que por día se otorgan en esa Oficina solo diez (10) turnos,
no siendo suficiente para la cantidad de anotaciones que
requiere la zona.
Que la población del lugar se encuentra disconforme con la
atención brindada en la Oficina, debido a las molestias
ocasionadas por la gran espera que les demanda realizar el
trámite de anotación de sus hijos, llegando últimamente a
tener que realizar colas que comienzan a formarse hasta con
doce (12) horas de antelación a la apertura de aquella.
Que la situación descripta en el párrafo anterior genera
malestar y altercados entre la empleada y los ciudadanos que
se presentan a realizar las inscripciones.
Que es un deber inexcusable del Estado brindar los medios
necesarios para garantizar los Derechos de los ciudadanos
máxime cuando, como en este caso, se trata del Derecho a
garantizar la identidad personal el que esta siendo afectado
en cierta manera.
Que las acciones que se apliquen tendientes a mejorar las
prestaciones que ofrece cualquier oficina o repartición
dependiente del Estado; sea éste Nacional, Provincial o
Municipal, deben ser ejecutadas en el menor tiempo posible.
Que además los funcionarios a cargo de las direcciones deben
contemplar una dedicación concreta a encontrar solución cuando
se detecta una irregularidad o inconveniente tal como el que
aquí se presenta.
Que la misión fundamental de esta Defensoría del Pueblo,
intervenir ante cualquier hecho, acto u omisión, de la
administración Pública y/o sus agentes, que implique el
ejercicio ilegítimo, defectuoso, arbitrario, discriminatorio,
abusivo, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de
sus funciones.
Que la colaboración que efectúa esta Institución señalando los
inconvenientes que sufre la población debe tomarse de cuenta y
considerarse como una contribución al mejoramiento de toda la
Administración Publica.
Que por todo lo descrito precedentemente el Defensor del
Pueblo del Partido Del Pilar Orlando Ernesto Bargaglio.
RECOMIENDA
Art. 1- Tomar
las medidas necesarias para el Urgente reapertura de la
Oficina de registros de nacimientos del Hospital Materno
Infantil “Hugo Cesar Meissner” de la Localidad de Presidente
Derqui, Partido Del Pilar.
Art. 2- Adecuar el funcionamiento de la oficina en cuestión,
incrementando el personal que allí se desempeñase velando por
la óptima capacitación del mismo, para lograr el normal
funcionamiento de aquella Oficina.
Art. 3- Comunicar al Director Provincial de la Dirección
Provincial del Registro de las Personas, Sr. Hernán Magnani la
presente actuación.
Art. 4- De forma.- |
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