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26/03/08

  

  
     


Correo de Lectores 

 

Actuación de la Defensoria por la oficina del Registro Civil en el Hospital Meisner

La actuación 1540/08 iniciada de Oficio por esta Defensoría del Pueblo, caratulada “Defensor del Pueblo s/cierre de oficina del Registro Provincial de las Personas en Hospital Meisner de Presidente Derqui” y

Considerando,

Que, como es de público conocimiento, el día viernes 14 del corriente se ha procedido al cierre por tiempo indeterminado de la oficina de anotaciones de nacimientos ubicada en el hospital materno infantil “Hugo Cesar Meisner” de la Localidad de Presidente Derqui, Partido del Pilar.

Que los nacimientos producidos en esa localidad son regularmente anotados en esa oficina y no existe la posibilidad de que sean admitidos en otras dependencias del Registro Provincial de las Personas que posee el Partido.


Que la oficina mencionada dependiente del Registro Provincial de las Personas, ha funcionado en el nosocomio citado desde el mes de agosto del año 2007 y desde entonces ya ha sufrido la suspensión de la atención al público debido a ciertas irregularidades detectadas en el personal, el que ha sido removido oportunamente y reemplazado por el personal que desarrollaba sus actividades actualmente.

Que, desde la fecha de inauguración, la actividad desarrollada en la oficina se ha visto incrementada en gran número, sin que a la fecha se haya dispuesto nuevo personal que acompañe ese acrecimiento de nacimientos a tramitar.


Que la oficina en cuestión además de efectuar la anotación de lo
s alumbramientos del nosocomio donde funciona, registra los nacimientos del Hospital Austral, establecimiento sanitario asentado en la misma localidad, por lo que como se mencionó, la cantidad de trabajo supera ampliamente las posibilidades que tiene la única empleada dispuesta allí.

Que por día se otorgan en esa Oficina solo diez (10) turnos, no siendo suficiente para la cantidad de anotaciones que requiere la zona.


Que la población del lugar se encuentra disconforme con la atención brindada en la Oficina, debido a las molestias ocasionadas por la gran espera que les demanda realizar el trámite de anotación de sus hijos, llegando últimamente a tener que realizar colas que comienzan a formarse hasta con doce (12) horas de antelación a la apertura de aquella.

Que la situación descripta en el párrafo anterior genera malestar y altercados entre la empleada y los ciudadanos que se presentan a realizar las inscripciones.


Que es un deber inexcusable del Estado brindar los medios necesarios para garantizar los Derechos de los ciudadanos máxime cuando, como en este caso, se trata del Derecho a garantizar la identidad personal el que esta siendo afectado en cierta manera.

Que las acciones que se apliquen tendientes a mejorar las prestaciones que ofrece cualquier oficina o repartición dependiente del Estado; sea éste Nacional, Provincial o Municipal, deben ser ejecutadas en el menor tiempo posible.


Que además los funcionarios a cargo de las direcciones deben contemplar una dedicación concreta a encontrar solución cuando se detecta una irregularidad o inconveniente tal como el que aquí se presenta.

Que la misión fundamental de esta Defensoría del Pueblo, intervenir ante cualquier hecho, acto u omisión, de la administración Pública y/o sus agentes, que implique el ejercicio ilegítimo, defectuoso, arbitrario, discriminatorio, abusivo, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones.


Que la colaboración que efectúa esta Institución señalando los inconvenientes que sufre la población debe tomarse de cuenta y considerarse como una contribución al mejoramiento de toda la Administración Publica.

Que por todo lo descrito precedentemente el Defensor del Pueblo del Partido Del Pilar Orlando Ernesto Bargaglio.

RECOMIENDA

Art. 1- Tomar las medidas necesarias para el Urgente reapertura de la Oficina de registros de nacimientos del Hospital Materno Infantil “Hugo Cesar Meissner” de la Localidad de Presidente Derqui, Partido Del Pilar.
Art. 2- Adecuar el funcionamiento de la oficina en cuestión, incrementando el personal que allí se desempeñase velando por la óptima capacitación del mismo, para lograr el normal funcionamiento de aquella Oficina.

Art. 3- Comunicar al Director Provincial de la Dirección Provincial del Registro de las Personas, Sr. Hernán Magnani la presente actuación.
Art. 4- De forma.-

 

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